Las ITVs ya pueden abrir en la Fase 0

El Gobierno da luz verde a la apertura del resto de comunidades que no habían avanzado de Fase de desescalada. Por lo que las comunidades de Madrid, Barcelona, y Castilla y León abrirán sus ITVs a partir del 18 de Mayo.

También se prorrogan los plazos para realizar la ITV de los vehículos con inspección técnica caducada durante el estado de alarma.

El Gobierno, mediante la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, ha modificado las Ordenes SND/399/2020 y SND/388/2020 para permitir realizar la ITV también en Fase 0, tal y como ya se permitía en Fase 1. La normativa facilitará así dar servicio a los cinco millones de vehículos que deben pasar la ITV desde que el pasado 14 de marzo se decretara el estado de alarma, informan desde Aeca-ITV.

La nueva Orden que permite la apertura de las estaciones de ITV ubicadas en territorios en Fase 0 y en Fase I, con independencia de su superficie y siempre con cita previa, permite el desplazamiento a otra parte del territorio nacional fuera de la unidad territorial siempre que se justifique este desplazamiento por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.

Por otro lado, los Ministerios de Industria, Sanidad e Interior han recogido sustancialmente las peticiones presentadas por la asociación en su Plan de Actuación del Sector y se prorrogan los plazos de la ITV caducados desde que se decretara el estado de alarma en 30 días después de que finalice el mismo más 15 días naturales adicionales por cada semana transcurrida desde el 14 de marzo (fecha de entrada en vigor del estado de alarma). Así se recoge en la Orden SND/413/2020, de 14 de mayo, de medidas especiales para la ITV.

Si a un turismo de diez años le caducó la ITV el 24 de marzo (dos semanas después de la declaración del estado de alarma), con la obligatoriedad de una inspección anual, tendrá de límite para realizarla un plazo de 30 días después de finalizado el estado de alarma más 30 días adicionales (dos semanas por 15 días); es decir, el límite será de 60 días naturales. Esta regla se aplica a todo tipo de vehículos con inspección caducada durante el estado de alarma, salvo a los vehículos agrícolas destinados a labores en el campo cuya validez de la ITV será prorrogada hasta el 10 de noviembre de 2020.

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